El Consejo de Estado suspendió de manera provisional este viernes 13 de febrero el decreto con el que el Gobierno fijó el salario mínimo para 2026 en un 23,7 por ciento, decisión que adoptó como medida cautelar mientras estudia de fondo las demandas acumuladas contra la norma.
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Se debe recordar que el incremento había sido establecido mediante el Decreto 1469 de diciembre y comenzó a regir el 1° de enero de 2026.
La decisión, tomada tras la revisión de un conjunto de demandas que cuestionaban el aumento por presunto incumplimiento de los parámetros técnicos previstos en el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, dejó múltiples incógnitas sobre qué sucederá con aquellos salarios que se ajustaron con base a la norma.
El incremento del salario mínimo para 2023 es del 16 %. Foto:Andrea Moreno. ELTIEMPO
¿Qué pasará con los salarios mínimos que se ajustaron el 1 de enero de 2026?
salario minimo Foto:salario minimo
Respecto al nuevo fallo, hay que aclarar que el tribunal tumbó de forma provisional el incremento del sueldo y ordenó como medida cautelar que el Gobierno Petro, realice, expida y publique un «decreto en el que se fije el porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo legal para el año 2026».
Este porcentaje deberá regirse mientras «se dicte sentencia en el proceso” y se conocerá hasta ocho días calendario después, es decir, el próximo 21 de febrero.
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La providencia aclaró dentro del documento conocido por EL TIEMPO que la suspensión solo comenzará a regir cuando el Ejecutivo publique el nuevo texto transitorio.
Incluso señala expresamente: “Durante el lapso comprendido entre la notificación de esta providencia y la fecha de publicación del referido acto administrativo, el valor del salario mínimo para la vigencia 2026 seguirá correspondiendo al establecido en el Decreto 1469 de 2025”. Además, advierte que el incumplimiento podría constituir desacato con eventuales sanciones penales o disciplinarias.
En ese contexto, el exministro de Hacienda del gobierno de Iván Duque, José Manuel Restrepo, explicó en en entrevista con EL TIEMPO que tras dicha medida, «hay que decírselo a los colombianos claramente: nada cambia por ahora en los aumentos que fueron realizados en las empresas al inicio de este año y siguen siendo exactamente los mismos. Eso es lo primero a decir”.
Presidente Gustavo Petro durante el Consejo de Ministros. Foto:Captura de pantalla.
¿De cuánto podría ser el nuevo porcentaje de aumento del salario mínimo tras orden del Consejo de Estado?
Sobre el posible nuevo porcentaje, el exfuncionario detalló a este diario que la orden implica la expedición de un acto provisional, donde se debe establecer un monto que se base en «los criterios de la Ley 278 del 96 que son la meta de inflación, productividad, contribución a salarios al ingreso nacional, incremento en el PIB, IPC y también los desarrollos jurisprudenciales dentro de lo cual hay que decir se incluye el concepto de salario vital”.
Dentro del documento del Consejo de Estado se establecen las mismas determinaciones para el incremento que deberán expedir, que tiene que «aplicar la totalidad de los criterios económicos y constitucionales previstos en el inciso segundo del parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996 y su respectivo desarrollo jurisprudencial, en la forma establecida en la parte motiva de esta decisión”.
Presidente Gustavo Petro. Foto:Presidencia.
Respecto a la posibilidad de que el monto disminuya, el exministro indicó que, «para ser absolutamente franco, yo creería que no va a suceder nada. El Gobierno seguramente expedirá el decreto que considerará de nuevo los mismos criterios, más el de salario vital, hará el aumento correspondiente y después el Consejo de Estado estudiará el tema en detalle y yo dudo mucho que tome una decisión distinta de la que en este momento existe”.
Por lo pronto, el ministro Benedetti le confirmó a EL TIEMPO que el Gobierno cumplirá la orden y que recurrirá la decisión, lo que significa que el Ejecutivo presentará argumentos ante el mismo tribunal para defender su posición técnica: «Sé que cabe el uso de reposición y lo haremos en efectivo”.
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El jefe de la cartera de Interior indicó que se trata de un caso “inédito” y sugirió que podría haberse tratado de un error técnico. “Hasta donde uno alcanza ver si es un tema técnico (…) y es posible que ahí esté la falla y si fuera así pues no habría por ahora ningún problema”, precisó.
De la posible nueva cifra, el ministro reiteró a EL TIEMPO que la administración «está muy segura» de mantenerla en el 23% de aumento: «El gobierno está muy seguro porque le repito que la base fue el 3.4 millones de pesos cuesta la canasta básica para cuatro personas y que 1.5 personas deben sustentar esa canasta básica y que el piso para empezar a sostener esa canasta básica para un mínimo vital, para que la gente pueda comer completamente, debería ser de dos millones de pesos con el subsidio de transporte. Ese era realmente el argumento principal del por qué debería ser así».
El ministro del Interior Armando Benedetti. Foto:Presidencia
El tribunal señaló que las medidas cautelares buscan «proteger y garantizar, de forma temporal, el objeto del proceso y la efectividad de una eventual sentencia favorable a las pretensiones de la demanda» y aclaró que no implican un prejuzgamiento sobre la legalidad definitiva del decreto.
LAURA NATHALIA QUINTERO.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS.
















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