La Corte Suprema de Justicia condenó a su segundo expresidente, el exmagistrado Leonidas Bustos, a diez años de cárcel por su papel en el ‘cartel de la toga’. Por este mismo escándalo, el año pasado también fue condenado el expresidente del alto tribunal Francisco Javier Ricaurte.
Después de siete años desde que fue acusado por la Cámara de Representantes y de que el caso aterrizara en la Corte, los excolegas del reconocido magistrado Bustos, dos veces presidente de la Sala Penal, le impusieron una pena ejemplarizante por el mayor escándalo de corrupción de la Rama: el cobro de coimas a cambio de fallos amañados.
Leonidas Bustos, exmagistrado condenado por el Cartel de la Toga. Foto:MAURICIO LEON
Con ponencia del magistrado Ariel Augusto Torres y el voto favorable de la magistrada Blanca Nélida Barreto, la Sala de Primera Instancia condenó a Bustos por los delitos de cohecho y concierto para delinquir. El magistrado Jorge Emilio Caldas salvó su voto.
Lo señaló de haber creado una “organización criminal” en la que, junto con exmagistrados como Camilo Tarquino, el magistrado Gustavo Malo y abogados litigantes como Luis Gustavo Moreno Rivera, acordaron “aceptar promesas remuneratorias para favorecer a congresistas”.
Abordaban a los procesados en única instancia ante la Corte para ofrecerles “decisiones contrarias a derecho” a cambio de jugosos montos.
Por este entramado, la Sala reiteró “la necesidad de la pena (ejemplarizante) para que esta clase de conductas jamás se vuelvan a repetir, dado el pésimo mensaje enviado a la sociedad que perdió la credibilidad en el más alto tribunal de la justicia ordinaria”, dice el fallo.
La sentencia, de 403 páginas, detalla los casos de los senadores Musa Besaile y Álvaro Ashton, quienes pagaron 2.000 millones y 1.200 millones de pesos, respectivamente, para obtener decisiones favorables en las investigaciones por ‘parapolítica’ que cursaban en el despacho del exmagistrado Malo.
“El exmagistrado Bustos Martínez recibió de Luis Gustavo Moreno Rivera $200.000.000 en efectivo, producto del pago ilícito efectuado por el entonces senador Besaile Fayad”, señala la Corte Suprema de Justicia.
La decisión fue proferida por la Corte Suprema de Justicia. Foto:Cortesía
La Corte le dio validez a las grabaciones que hizo la DEA al celular de Alejandro Lyons Muskus, exgobernador de Córdoba.
La agencia norteamericana “monitoreó y grabó las conversaciones sostenidas en suelo estadounidense” por este con Leonardo Luis Pinilla y Luis Gustavo Moreno, sin que ellos lo supieran.
Ese material permitió descubrir la existencia de lo que públicamente se denominó el “cartel de la toga”, y obligó a la agencia a poner la información en conocimiento de las autoridades colombianas.
Otra de las pruebas que tuvo en cuenta la Sala fue el testimonio de Yeison Ricardo Pérez Pérez, empleado de la joyería Cartier, ubicada en el centro comercial Andino, en Bogotá, quien declaró bajo juramento “que (el abogado) Moreno era cliente asiduo de esa joyería y que se refería a su acompañante (un señor calvo y gordo) como ‘el profe’, a quien identificó posteriormente como José Leonidas Bustos, en la medida en que empezó a aparecer recurrentemente en las noticias”.
Como lo precisó la Corte, la tarea de contactar a los ‘clientes’ —a quienes les ofrecían torcer los procesos en el alto tribunal— fue encomendada a los abogados Moreno Rivera y Pinilla Gómez, en una división de tareas en la que cada uno hacía aportes significativos para cumplir el objetivo común.
La decisión desnuda una seguidilla de beneficios que eran transados a cambio de decisiones judiciales. La acusación en su momento relacionó el delito de tráfico de influencias en el expediente contra Bustos por la ejercida sobre el entonces fiscal Eduardo Montealegre para que «la Fiscalía celebrara un contrato de prestación de servicios con Moreno Rivera, con el fin de que éste obtuviera recursos para financiar los gastos de la oficina de abogados». Sin embargo, por este delito la Corte absolvió al procesado.
¿Qué falta para su extradición?
En la condena, la Sala negó los mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad —como la prisión domiciliaria— y, en consecuencia, libró orden de captura. También reiteró a Interpol para activar el trámite de expedición de circular roja. Esto, luego de que Bustos saliera del país en 2019, en pleno escándalo. Desde entonces reside en Canadá.
Corte Suprema de Justicia Foto:Archivo particular
“Es una decisión que llena de vergüenza a la justicia, pero que también, paradójicamente, la reivindica. Es una página dolorosa que todavía no se puede pasar, porque faltan muchos alfiles del Cartel de la Toga por rendir cuentas y purgar la ofensa que le causaron a la Nación. Una vez quede en firme este fallo, las autoridades canadienses deben colaborar para capturar y extraditar a Bustos”, le dijo a este diario el abogado Ramiro Bejarano.
Para el especialista en derecho internacional Walter Arévalo, “con una condena en firme se esperaría que el proceso de extradición sea más ágil y que las autoridades canadienses tengan, a partir de la solicitud judicial de un juez colombiano, la obligación de proceder. Es distinto a lo que ocurría en años pasados, cuando solo existía una orden de captura y no se había demostrado la culpabilidad. También corresponde impulsar la solicitud por los canales diplomáticos y mediante la cooperación policial, que en general es buena tanto con Estados Unidos como con Canadá”.
Redacción Justicia















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