En la actualidad, se ha vuelto muy común escuchar a los jóvenes decir que cuando lleguen a la vejez serán ‘los tíos solteros y con plata’; más allá de un chiste, la sucesión de una persona que no tuvo hijos y no tenía pareja al momento del deceso puede resultar en un problema familiar.
Cuando una persona fallece sin hijos y sin haber dejado testamento, la ley colombiana activa un orden de sucesión que determina quiénes tienen derecho a heredar. Este proceso, regulado por el Código Civil, prioriza a familiares cercanos antes de considerar parientes más lejanos o incluso al Estado.
Los familiares directos son los primeros beneficiarios. Foto:iStock
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Estas disposiciones legales establecen una jerarquía de herederos que inicia con los familiares más cercanos y avanza progresivamente hacia otros parientes en ausencia de estos.
De acuerdo con el artículo 1045 del Código Civil, si el fallecido no tiene hijos, sus padres tienen derecho a heredar en partes iguales. En caso de que solo uno de ellos esté vivo, recibirá la totalidad de los bienes. Si ambos han fallecido, la herencia puede pasar a los abuelos.
Por otra parte, cuando existe cónyuge o compañero permanente, este también entra en la distribución. Según el artículo 1046, el cónyuge sobreviviente comparte la herencia con los ascendientes en partes iguales.
Si no existen ascendientes ni cónyuge, la herencia pasa a los hermanos, conforme al artículo 1047 del Código Civil. En estos casos, los bienes se dividen en partes iguales entre hermanos plenos y medios hermanos.
La abogada Ivonne Orozco, experta en derecho de familia, explicó en un video que compartió en sus redes sociales que, si alguno de los hermanos ha fallecido, sus hijos tienen derecho a recibir la parte que le habría correspondido.
“Si la tía no tiene padres y no dejó testamento, la herencia va para sus hermanos en partes iguales. Y si un hermano ya falleció, entran los sobrinos a representar a ese papá por su cuota”, señaló.
Los familiares directos son los primeros beneficiarios. Foto:iStock
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Orozco también precisó que la ley no establece diferencias entre los hermanos. “Aquí la ley no va a diferenciar quién era el mejor hermano”, indicó, y advirtió que los sobrinos no pueden ser excluidos de la herencia cuando tienen derecho por representación.
Respecto a casos particulares, como el de un sobrino que haya cuidado al fallecido, la abogada aclaró que esto no le otorga derechos automáticos si su progenitor, hermano del difunto, aún vive.
Asimismo, la experta en derecho de familia dijo que, en ausencia de hijos, padres, abuelos, cónyuge y hermanos, la ley permite que la herencia pase a otros familiares colaterales, como tíos, primos o sobrinos segundos. Este derecho se extiende hasta el sexto grado de parentesco.
Por otro lado, el artículo 1049 del Código Civil dice que, si no existe ningún heredero dentro de los grados establecidos por la ley, dispone que los bienes pasan al Estado, que se encarga de administrarlos conforme a las normas vigentes.
@abogadadefamilia_ ¿La herencia de la tía soltera es una bendición o una migraña familiar? 🤯⚖️ En estas sucesiones siempre sale a relucir lo mejor (y lo peor) de la familia. Entre sobrinos «consentidos», hermanas celosas y hermanos que nunca trabajaron, el embrollo legal está asegurado si no hay un plan claro. La ley es matemática: si no hay testamento, los hermanos heredan por partes iguales. Y si un hermano falta, sus hijos entran a reclamar su lugar. No importa quién la cuidó más o quién pedía más plata; sin documentos, la ley manda. 📉🚫 Tías poderosas: ¡Su patrimonio es para que lo gocen! Pero si quieren proteger a ese sobrino fiel o a ese hermano incondicional, la solución es la planeación: testamento, fiducia o nuda propiedad. ¡No dejen un incendio familiar de herencia! 🛡️✨ 👇 ¿Conoces a una tía que necesita ver esto? Etiquétala o compártele el video. 🔗 Agenda tu asesoría patrimonial en el enlace de mi biografía. Soy Ivonne Orozco, Abogada de Familia. #DerechoDeFamilia #Sucesiones #Herencia #Tias #AbogadaColombia ♬ sonido original – Ivonne Orozco
La abogada Ivonne Orozco recomendó a las personas organizar su patrimonio en vida para evitar conflictos familiares.
“Si quieren premiar a ese sobrino especial o a ese amigo incondicional, dejen un testamento, constituyan una fiducia civil o transfieran la nuda propiedad”, explicó.
Además, advirtió que los procesos de sucesión pueden ser extensos y generar disputas entre familiares. Por ello, insistió en la importancia de dejar claras las disposiciones sobre los bienes para evitar conflictos posteriores.
Alejandra Hernández Torres
Redacción Alcance Digital
EL TIEMPO
















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