En 2026, con un salario mínimo legal mensual de $1.750.905, los empleadores están obligados a garantizar que el pago diario no sea inferior al valor proporcional de la ley, asegurando además el acceso a prestaciones sociales y seguridad social bajo cualquier modalidad de contratación.
Esta medida busca reducir la informalidad en un sector que agrupa a más de 700.000 personas, en su mayoría mujeres.
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Cálculo del salario y auxilio de transporte
A este monto se le debe sumar el auxilio de transporte proporcional. Foto:Istock
Bajo el nuevo marco normativo, el cálculo del pago diario se desprende del salario mínimo vigente. Para el año 2026, el salario base diario se sitúa en $58.364. A este monto se le debe sumar el auxilio de transporte proporcional, que corresponde a aproximadamente $8.303 por jornada.
De esta manera, el piso legal que un empleador debe cancelar por un día de trabajo es de $76.394. Es importante precisar que este valor constituye únicamente la remuneración líquida inmediata y no exime al empleador del pago de recargos nocturnos (que ahora inician a las 7:00 p.m.), dominicales o festivos, según lo estipulado en la reforma sancionada el 25 de junio de 2025.
Formalización y seguridad social
El hecho de trabajar por días no anula el derecho a las prestaciones de ley. Foto:Istock
La reforma laboral enfatiza la obligatoriedad de suscribir un contrato de trabajo escrito. En este documento se deben detallar la jornada, el salario, los horarios y los métodos de pago. Respecto a la seguridad social, el panorama se define de la siguiente manera:
- Afiliación integral: Las trabajadoras tienen derecho a salud, pensión, Riesgos Laborales (ARL) y Caja de Compensación Familiar.
- Pila: El registro y los pagos deben realizarse a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes.
- Criterio de tiempo: La obligación de afiliación completa por parte del empleador se valida cuando la empleada labora entre 22 y 30 días al mes con jornadas de ocho horas.
Prestaciones sociales proporcionales
La jornada laboral máxima en Colombia se ha reducido progresivamente. Foto:Istock
El hecho de trabajar por días no anula el derecho a las prestaciones de ley. La normativa vigente exige que se liquiden de forma proporcional al tiempo laborado los siguientes conceptos:
- Cesantías e intereses sobre cesantías.
- Vacaciones: Correspondientes a 15 días hábiles remunerados por año o su equivalente proporcional.
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Reducción de la jornada y recargos
La reforma laboral enfatiza la obligatoriedad de suscribir un contrato de trabajo escrito. Foto:Istock
La jornada laboral máxima en Colombia se ha reducido progresivamente hasta alcanzar las 42 horas semanales. Para las empleadas domésticas, la jornada diaria no debe exceder las ocho horas.
Cualquier tiempo adicional debe ser remunerado como hora extra. Asimismo, la ley adelanta el inicio del recargo nocturno, lo que impacta directamente en aquellas trabajadoras que extienden su labor al final de la tarde.
Con estas disposiciones, el Gobierno busca equiparar los derechos de las trabajadoras del hogar con los del resto de la fuerza laboral del país, atacando el índice de informalidad que históricamente ha afectado a este gremio.
*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial. Además, contó con la revisión de una periodista y un editor.
JAIDER FELIPE VARGAS MORALES
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
















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