El panorama laboral en Colombia se prepara para una transformación significativa en la remuneración de los días de descanso obligatorio, una medida que impactará directamente en el bolsillo de los trabajadores.
Según el reciente concepto emitido por el Ministerio del Trabajo, el recargo por laborar domingos o festivos entrará en una nueva fase de aumento a partir de julio de 2026, situándose en el 90 por ciento sobre el salario ordinario.
Este ajuste forma parte de una transición progresiva que comenzó en julio de 2025 con un recargo del 80 por ciento. La meta final de esta normativa es alcanzar la aplicación plena del 100 por ciento en 2027, garantizando que los empleados que sacrifiquen su tiempo de descanso perciban una compensación económica más robusta y equitativa.
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¿Cómo se calcula el pago de un festivo?
Para entender cuánto recibirá un trabajador por cumplir sus funciones en un día feriado, es necesario desglosar los tres componentes financieros que integran el pago total:
- El pago del descanso dominical ordinario.
- El valor de las horas que el operario trabajó efectivamente.
- El recargo adicional que esté vigente según el cronograma de la ley (80 por ciento, 90 por ciento o 100 por ciento).
Bajo el esquema inicial del 80 por ciento, un empleado percibe actualmente un total equivalente al 1,80 por ciento de su valor base diario. Con la llegada del nuevo incremento en julio de 2026, esta cifra se elevará proporcionalmente, mejorando los ingresos de quienes trabajan en jornadas no convencionales.
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Diferencias entre el trabajo ocasional y el habitual
La legislación colombiana mantiene una distinción clara dependiendo de cuántos festivos o domingos labore una persona al mes, lo que define sus derechos a descansos compensatorios:
- Labor ocasional: Se presenta cuando el colaborador trabaja en dos o menos días de descanso obligatorio al mes. En este caso, el empleado puede elegir entre recibir el dinero del recargo o tomar un día de descanso compensatorio remunerado. Si prefiere el descanso físico, el empleador aún debe pagar un adicional del 0,80 por ciento sobre la nómina mensual.
- Labor habitual: Ocurre cuando se trabajan tres o más domingos o festivos en el mismo mes. Aquí, la empresa está obligada a otorgar un día de descanso compensatorio remunerado en la semana siguiente. Es importante aclarar que este descanso no anula el pago monetario pactado por el servicio prestado en el feriado.
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Reducción de la jornada laboral
El Ministerio del Trabajo también recordó que este aumento en los recargos coincide con otro hito de la ley laboral: la reducción de la jornada máxima legal a 42 horas semanales, que también se hará efectiva en julio de 2026.
Este cambio impactará directamente la fórmula para determinar el valor de la hora ordinaria, lo que obligará a las empresas a ajustar sus sistemas de nómina para cumplir con las nuevas exigencias de ley.
Finalmente, la entidad subrayó que, aunque estas directrices sirven como guía para empleadores y trabajadores, la facultad de declarar derechos individuales en casos de disputa recae exclusivamente en los jueces de la República.
*Este artículo fue desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
















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