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Aunque algunas organizaciones optan por anticipar el giro junto con la primera quincena del mes, el límite legal no puede ser excedido sin consecuencias. El incumplimiento puede derivar en sanciones económicas para los empleadores.
El pago de la prima se hace semestralmente. Foto:iStock
¿Quiénes tienen derecho a la prima de servicios y quiénes no?
La prima de servicios está dirigida únicamente a trabajadores vinculados mediante contrato laboral, es decir, aquellos que tienen una relación directa de subordinación con un empleador.
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Esto incluye no solo a empleados de empresas privadas, sino también a trabajadores del servicio doméstico, conductores familiares y trabajadores por día.
La prima de servicios debe estar establecida en el contrato laboral. Foto:iStock
Esta diferenciación ha sido clave en el ámbito laboral colombiano, ya que define quiénes pueden exigir el pronto pago el próximo mes de junio.
¿Cómo calcular cuánto le corresponde de Prima en 2026?
El valor de la prima no es fijo, ya que depende del salario del trabajador y del tiempo laborado durante el semestre. Por lo general, el valor de esta prestación social equivale a 15 días de trabajo. Sin embargo, la fórmula general es: (salario mensual + auxilio de transporte x días trabajados / 360).
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Para 2026, el salario mínimo en Colombia se ubica en $1.750.905, mientras que el auxilio de transporte alcanza los $249.095. Así pues, el paso a paso para realizar el cálculo es el siguiente:
Paso 1: Sume su salario y auxilio de transporte.
- $1.750.905 + $249.095 = $2.000.000
Paso 2: Multiplique por los días trabajados (180 días)
- $2.000.000 × 180 = $360.000.000
Paso 3: Dividir el resultado entre 360
- $360.000.000 ÷ 360 = $1.000.000
Por lo tanto, la prima semestral de un trabajador con un salario mínimo resulta de $1.000.000 para cada entrega de esta prestación social.
Para un trabajador que gana un salario mínimo, su prima será de $1.000.000. Foto:Istock
Cabe aclarar que si una persona no trabajó enteramente los seis meses de este primer ciclo, la fórmula debe contemplar únicamente la cantidad de días laborados en este mismo periodo. Por ejemplo, si una persona solo estuvo vinculada tres meses a este corte de junio debería hacer los siguientes ajustes:
- Paso 1: $2.000.000 × 90 = $180.000.000.
- Paso 2: $180.000.000 ÷ 360 = $500.000.
- Resultado: recibiría $500.000.
Juan Sebastián Liévano Aldana
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
















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