En Colombia, los vehículos de una persona fallecida no se transfieren de manera automática ni pueden venderse de inmediato.
El cambio de titularidad exige un proceso legal de sucesión que define a los herederos, liquida obligaciones pendientes y habilita la actualización del registro ante las autoridades de tránsito.
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Cuando una persona fallece, sus bienes, entre ellos vehículos, no desaparecen ni pasan directamente a otra persona. Para que estos activos cambien de titular, es necesario adelantar un procedimiento legal que permita establecer formalmente a los nuevos propietarios.
En el caso específico de los automotores, el Ministerio de Transporte ha definido lineamientos que regulan el traspaso. Sin embargo, uno de los puntos centrales es que el vehículo no puede ser vendido ni transferido de inmediato tras el fallecimiento de su propietario, debido a que la normativa exige primero la determinación legal de los herederos.
Antes de cualquier trámite de venta o cambio de titularidad, debe adelantarse un proceso de sucesión. En este procedimiento se identifican los herederos, se establecen las deudas del fallecido y se distribuyen los bienes conforme a lo que determine la ley o el testamento, si existe.
Sin una sentencia o escritura pública no es posible autorizar el cambio de propietario del vehículo. Foto:iStock
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Requisitos legales para el traspaso tras el fallecimiento
El Ministerio de Transporte señala que el traspaso de un vehículo por causa de muerte solo puede efectuarse cuando exista un documento que acredite la calidad de heredero. Este respaldo puede provenir de una sentencia judicial o de una escritura pública, según el tipo de sucesión.
El proceso de sucesión puede realizarse ante un juez o una notaría, y puede clasificarse en dos modalidades: testada, cuando existe testamento, o intestada, cuando no lo hay. Una vez concluido, se emite un documento oficial que permite continuar con el trámite ante las autoridades de tránsito.
Sin ese soporte legal, ninguna entidad de tránsito está facultada para autorizar el cambio de propietario del vehículo.
La legislación colombiana establece que los herederos adquieren derechos sobre los bienes del fallecido, incluido el vehículo, pero este reconocimiento no ocurre de manera automática. La sucesión cumple la función de validar a los beneficiarios, cubrir obligaciones pendientes y repartir los bienes restantes.
La sucesión define herederos, liquida deudas y distribuye los bienes del fallecido según la ley. Foto:iStock
Una vez finalizado este proceso, el vehículo puede quedar asignado a uno o varios herederos. En los casos en que existan múltiples beneficiarios, estos deben acordar quién asumirá la titularidad. Si no hay consenso, se puede ordenar la venta del automotor para distribuir el valor obtenido entre los herederos.
Para formalizar el traspaso tras la sucesión, se debe presentar ante el organismo de tránsito la sentencia judicial o la escritura pública que reconoce a los herederos. Este documento es necesario para actualizar la información en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
Adicionalmente, el trámite requiere cumplir con varias condiciones previas, entre ellas:
1. Estar inscritos en el RUNT.
2. Tener el SOAT vigente.
3. Contar con revisión técnico-mecánica al día.
4. Estar a paz y salvo de multas e impuestos.
El acuerdo de herederos define quién recibe el vehículo o si se vende para repartir el valor. Foto:iStock
Una vez verificados los requisitos y presentada la documentación correspondiente, el organismo de tránsito procede a validar la información en el sistema y a emitir el registro actualizado del vehículo a nombre del nuevo propietario.
En los casos en que no se realice el traspaso de manera formal, pueden presentarse consecuencias como la acumulación de multas o impuestos a nombre del fallecido, la imposibilidad de vender el vehículo y la falta de claridad sobre la responsabilidad en situaciones que involucren el automotor.
*Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y un editor.















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