El presidente Gustavo Petro rechazó la decisión del Consejo de Estado, que suspendió de forma cautelar el polémico decreto con el que el Gobierno buscaba el traspaso exprés de 25 billones de pesos de los fondos privados a Colpensiones.
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«El Consejo de Estado está vetando el traslado de los ahorros que han pedido los ahorradores trabajadores», dijo mandatario en el mensaje en cuestión. Luego dijo: «Le permite robar a los banqueros los ahorros de los trabajadores«.
Petro aprovechó la decisión para hacer proselitismo para su propuesta de una asamblea constituyente. «Invito este primero de mayo al pueblo trabajador de Colombia a la movilización general, a defender el derecho a la pensión y a luchar para que bajen la tasa de interés y crezca el empleo», declaró el Presidente.
En ese sentido añadió: «La asamblea constituyente es para aprobar las reformas sociales y enfrentar la corrupción». El tema de la constituyente ha sido polémico en esta campaña. Es una de la banderas del Ejecutivo, pero su candidato ha tratado de marcar distancia, como lo deja ver el primer acuerdo logrado con la Alianza Verde, que luego fue modificado para aplacar su alcance.
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«Un primero de Mayo por la Asamblea Nacional Constituyente para hacer las reformas sociales de la gente», concluyó el mandatario. El decreto de Petro ha generado mucha controversia, porque expertos han dicho que es contrario a la misma reforma pensional impulsada por este gobierno.
La decisión del Consejo de Estado
El Consejo de Estado acaba de suspender el polémico decreto con el que el Gobierno pretendía trasladar en un mes 25 billones de pesos del ahorro pensional de cerca de 120 mil afiliados a los fondos privados de pensiones que se trasladaron a Colpensiones aprovechando la llamada ventana pensional.
Específicamente se dejó sin efectos el artículo 2, que introduce la adición normativa para ordenar el giro.
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La medida había sido cuestionada por el Banco de la República, la Contraloría, Asofondos y varios sectores porque va en abierta contravía con la reforma pensional, impulsada por el propio Gobierno, y que ordena que ese ahorro permanezca en los fondos hasta que los afiliados cumplan la edad de pensión. En este momento, de los 120 mil trasladados, solo 20 mil están en esa condición.
Esta fue la razón por la que el alto tribunal decretó la medida cautelar, que rige mientras se toma una decisión de fondo, pero que evita que los fondos tengan que salir a liquidar de manera apresurada el ahorro de sus afiliados.
«Se observa que el legislador fue claro en establecer, en el parágrafo del artículo 76 de la Ley 2381 de 2024, que los valores contenidos en las cuentas de ahorro individual de los afiliados que hicieran uso de la oportunidad de traslado ‘seguirán siendo administradas por las Administradoras de Fondos de Pensiones hasta el momento en que se consolide la pensión integral de vejez o la pensión de vejez del régimen anterior’. Esta previsión no solo define el tratamiento de los recursos, sino que fija expresamente el momento a partir del cual procede el traslado de los dineros«, dice el auto del Consejo de Estado.
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Para el alto tribunal, lo ordenado por el Gobierno, a través del decreto 415 del 2026, no desarrolló el artículo 76 de la reforma pensional, sino que introdujo una nueva disposición en contravía con lo aprobado por el Congreso.
El artículo establece que las personas que tengan setecientas cincuenta (750) semanas cotizadas, para el caso de las mujeres, y novecientos (900) semanas cotizadas, para el caso de los hombres, y que les falten menos de diez años para tener la edad de pensión, tendrían dos (2) años a partir de la promulgación de la ley para trasladarse de régimen sin necesidad de una demanda, como ocurría hasta ese momento.
Denuncia de atentado Foto:
JUAN SEBASTIÁN LOMBO DELGADO
Redacción política
















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