El medio de comunicación especializado en memoria histórica y desarrollo de la guerra nacional, Rutas del Conflicto, así como los periodistas Óscar Parra y Andrea Aldana, serán reconocidos por la Fiscalía como víctimas en el marco de un macro-expediente por interceptaciones ilegales a medios de comunicación y defensores de derechos humanos por parte del Ejército Nacional.
Así lo marca un reciente fallo de tutela de la Corte Constitucional, la cual emitió una decisión que marca un precedente en la protección de la libertad de prensa y los derechos de periodistas en el país.
El alto tribunal determinó que la Fiscalía Séptima delegada ante la Corte Suprema de Justicia vulneró derechos fundamentales de los periodistas y el medio de comunicación al negarles el reconocimiento como víctimas dentro de la investigación por perfilamientos ilegales adelantados desde el Batallón de Ciberinteligencia de Facatativá.
Las interceptaciones ilegales se realizaron en 2019 desde dos batallones del Ejército. Foto:Ilustración iStock
Según la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), la negativa de la Fiscalía a reconocer a los comunicadores como víctimas representó un obstáculo en su acceso a la justicia y limitó su derecho a participar activamente dentro del proceso penal. La Corte concluyó que esa actuación desconoció garantías esenciales como el debido proceso y el acceso a la información.
El caso involucra a la periodista Andrea Aldana, al periodista Óscar Parra y al medio Rutas del Conflicto, quienes habían solicitado ser acreditados como víctimas al considerar que fueron afectados directamente por actividades de inteligencia y perfilamiento relacionadas con su trabajo periodístico.
En su análisis, la Corte Constitucional advirtió que el periodismo cumple una función esencial dentro de la democracia y que cualquier afectación a la labor informativa puede tener un impacto directo sobre el derecho de la sociedad a estar informada. En ese sentido, el tribunal resaltó la necesidad de garantizar medidas reforzadas de protección.
Para la FLIP, el fallo constituye un avance importante en la lucha contra la impunidad en casos de ataques contra la prensa. La organización señaló que esta decisión fortalece la participación de periodistas en investigaciones que buscan establecer responsabilidades sobre actos de vigilancia y persecución indebida.
Sofía Jaramillo, directora de la Flip. Foto:Generada con imágenes de la Flip.
El caso de los perfilamientos ha sido uno de los episodios más sensibles para el periodismo colombiano en los últimos años, dado que puso en evidencia prácticas de seguimiento a comunicadores, defensores de derechos humanos y líderes sociales, y develó el uso de herramientas estatales para monitorear actividades legítimas. Así quedó por escrito en publicaciones de la revista Semana como ‘Chuzadas sin Cuartel’ y ‘Las Carpetas Secretas’.
La Corte ordenó a la Fiscalía adoptar las medidas necesarias, entre ellas una nueva evaluación, para garantizar plenamente los derechos de Andrea Aldana, Óscar Parra y Rutas del Conflicto dentro del proceso, permitiéndoles ejercer su papel como víctimas y acceder a la información relacionada con la investigación.
El fallo también revive el debate sobre la necesidad de mayores controles institucionales frente a prácticas de perfilamiento y seguimiento a comunicadores, especialmente en contextos de investigación periodística sobre conflicto armado, corrupción y violaciones a derechos humanos.
Con esta sentencia, la Corte Constitucional reafirma que el ejercicio periodístico debe contar con garantías reforzadas y que el Estado tiene la obligación de proteger a quienes informan, en lugar de hurgar en sus preocupaciones, poniéndolos en el papel de delincuentes, como se ha demostrado en el expediente del batallón de Facatativá.
La Procuraduría, en decisión de mayo de 2025, emitió una sanción disciplinaria contra miembros del Ejército Nacional por los perfilamientos ilegales a estos periodistas. El Ministerio Público encontró responsables a nueve militares por haber utilizado herramientas de inteligencia para recolectar información personal y profesional de más de 130 personas, sin sustento legal y por fuera de los fines legítimos de seguridad nacional.
Edificio de la Procuraduría. Foto:Archivo particular.
Entre los sancionados figura el coronel Milton Eugenio Rozo Delgado, entonces comandante del Batallón de Ciberinteligencia de Facatativá, quien recibió la sanción de seis meses de suspensión e inhabilidad.
También fueron sancionados el brigadier general Gonzalo Ernesto García Luna, el coronel Juan Esteban Zapata Cifuentes, los coroneles Benjamín Andrés Ramírez Villalobos, Julio Tobías López Cuadros y Hugo Armando Díaz Hernández, además de los mayores Mauricio Quintero Arias y Eduardo de la Torre Díaz, y el teniente Luis Carlos Trujillo Perdomo.
La Procuraduría concluyó que los uniformados “se extralimitaron en sus funciones” al ordenar y ejecutar actividades de perfilamiento contra periodistas como María Alejandra Villamizar, Andrea Aldana y al propio Rutas del Conflicto.
El caso cobró especial relevancia en Colombia porque las labores de inteligencia incluyeron información sobre viviendas, familias, redes sociales y movimientos de los comunicadores, lo que fue interpretado como una forma de intimidación directa y criminalización de la prensa desde la Fuerza Pública.
Aunque la decisión disciplinaria fue valorada como un avance por organizaciones como la Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP), varios de los afectados cuestionaron la levedad de las sanciones, que no superaron los seis meses de suspensión, y advirtieron que aún falta que la justicia penal establezca responsabilidades por uno de los episodios más graves de vigilancia contra periodistas en Colombia.
Jhoan Sebastian Cote Lozano
jhocot@eltiempo.com
@SebasCote95 en X
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