La Corte Suprema de Justicia emitió el sentido de fallo contra el exmagistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Carlos Alberto Vargas Bautista, por los delitos de prevaricato por acción, prevaricato por omisión y cohecho propio.
La decisión, con ponencia del magistrado Jorge Caldas Vera, concluyó que el entonces togado torció decisiones judiciales a cambio de millonarias sumas de dinero, vehículos de alta gama y bienes inmuebles, con la participación de su pareja, la abogada Kelly Andrea Eslava Montes.
La Sala de Primera Instancia determinó que la conducta del exmagistrado vulneró el bien jurídico de la administración pública. “En punto de la antijuridicidad, resulta claro que el acusado menoscabó el bien jurídico de la administración pública, pues mediante el acto disvalioso de pactar prebendas para asegurar determinados resultados en un proceso a su cargo, distorsionó los derroteros que rigen la función judicial”, señala el fallo.
Corte Suprema condenó al exmagistrado Carlos Vargas. Foto:Archivo Particular.
Uno de los pilares de la condena fueron las interceptaciones telefónicas y los mensajes de WhatsApp. Según la sentencia, las grabaciones revelaron “diálogos de marcado contenido afectivo” que desvirtúan la versión del acusado, quien negó de forma categórica cualquier relación sentimental con Eslava Montes.
En múltiples conversaciones, el exmagistrado utilizaba apelativos cariñosos, expresaba preocupación por ella y mantenía una comunicación constante que, en ocasiones, se interrumpía cuando acordaban hablar por “los otros celulares”, lo que dejó en evidencia el uso de líneas alternas.
Para la Corte, estas conversaciones no solo evidencian un vínculo íntimo, sino también la coordinación de actividades ilícitas y el intercambio de información sobre asuntos judiciales. El fallo concluye que la cercanía entre ambos “trascendía lo emocional para adentrarse en aspectos operativos relacionados con el trámite ilegal de los procesos judiciales que cursaban en el despacho del ajusticiado”.
La Corte Suprema de Justicia. Foto:Corte Suprema de Justicia.
La sentencia da por probado que entre Vargas Bautista y Eslava Montes existió un noviazgo durante aproximadamente doce años, entre 2007 y 2019, periodo en el cual gestionaron actividades ilícitas vinculadas a procesos bajo el conocimiento del entonces magistrado. Según la decisión, fue él quien dispuso y dirigió la intervención de la abogada en varios trámites administrativos.
El caso más emblemático fue el relacionado con la sociedad Protección Agrícola S.A.S. – PROTAG, en el radicado 2015-02358. De acuerdo con la acusación acogida por la Sala, el exmagistrado recibió, por intermedio de Eslava Montes, un automóvil Mercedes Benz Cabriolet 200 y un apartamento en Mosquera (Cundinamarca), a cambio de favorecer los intereses de la compañía en un litigio que cursaba en su despacho.
Corte Suprema. Foto:Archivo Particular
El testimonio de Eslava Montes fue considerado medular. La abogada relató que entre agosto y septiembre de 2015 el exmagistrado le pidió recibir en su oficina al abogado Fernando Gaitán, representante de PROTAG, para orientarlo sobre un litigio con la Superintendencia de Sociedades con el fin de que “saliera bien”. Tras conocer los detalles, ella le informó al magistrado que el caso era “viable a través de una acción de reparación directa”.
Según su declaración, Vargas Bautista la instruyó para contactar a los representantes de PROTAG, gestionar que el proceso quedara en su despacho y, posteriormente, antes de la sentencia de primera instancia, recibir las dádivas: el apartamento en Mosquera y el vehículo Mercedes-Benz, bienes que —según la Corte— recibió como emisaria del entonces magistrado.
Para los magistrados, solo la hipótesis acusatoria explica que una abogada novata como Eslava Montes fuera contratada para representar a grandes empresarios, como ocurrió en el caso Macromed, y que desde “las sombras” orientara a profesionales experimentados en procesos que cursaban ante el despacho de Vargas Bautista, como en los casos PROTAG e ICEIN.
En el sentido del fallo, la Sala anunció que deberá determinar si es necesaria la privación de la libertad del exmagistrado, encontrado penalmente responsable de los delitos de prevaricato por acción y cohecho propio en concurso homogéneo.
Redacción Justicia
















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