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La medida que fue modificada por la legislación nacional y que elimina la posibilidad de sanciones. Foto: Mauricio Moreno. EL TIEMPO

PERIODISTAActualizado:
La Secretaría de Movilidad Distrital de Cali informó que actualmente los motociclistas no están obligados a portar el número de la placa del vehículo en el casco ni en el chaleco reflectivo.
La medida que fue modificada por la legislación nacional y que elimina la posibilidad de sanciones por este concepto.
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La entidad explicó que esta disposición cambió con la Ley 2251 de 2022, normativa que introdujo ajustes al Código Nacional de Tránsito dentro de la Política de Seguridad Vial.
Con esta reforma se modificaron las obligaciones que deben cumplir los conductores de motocicletas, motociclos y mototriciclos en el país.
Antes, la ausencia de esta identificación podía generar comparendos. Foto:Secretaría de Movilidad de Cali.
En particular, el Artículo 9 de la ley reformó el Artículo 96 de la Ley 769 de 2002. Allí se estableció en el numeral 5 que “en todo caso, no se podrá exigir que el casco tenga el número correspondiente a la placa del vehículo”.
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad de Cali, este cambio dejó sin efecto la obligación que durante años exigía que los motociclistas llevaran el número de la placa visible tanto en el casco como en el chaleco reflectivo.
En el pasado, la ausencia de esta identificación podía generar comparendos y sanciones económicas.
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La entidad precisó que, bajo el principio de jerarquía normativa, la Ley 2251 de 2022 prevalece sobre disposiciones anteriores que establecían esa exigencia, por lo que las autoridades de tránsito no pueden solicitar este requisito ni imponer multas relacionadas con su incumplimiento.
+Este contenido fue escrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de conocimiento público divulgado a medios de comunicación. Además, contó con la revisión de la periodista y una editora.
JOS GUERRERO
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
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