El expediente por el doble homicidio de dos adolescentes en Malambo dejó en las audiencias piezas nuevas que afinan la reconstrucción de los hechos y explican por qué la Fiscalía y el Ministerio Público piden la detención intramural del adulto procesado, Juan David Taboada Olivera, alias el ‘Tata’.
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Las intervenciones de la defensora de víctimas y del procurador delegado trazan una ruta probatoria que conecta interceptaciones telefónicas, georreferenciación, testimonios y una maniobra de ocultamiento de identidad en una clínica de Barranquilla.
Un caso que se activó como desaparición y desembocó en un doble homicidio
La noticia criminal quedó registrada en Barranquilla el 19 de febrero de 2026, cuando la familia reportó la desaparición de dos menores: una de 14 años y otra de 17. Según la defensora, las jóvenes salieron de su casa tras contactar a varios muchachos por redes sociales y, por invitación de sus acompañantes—entre ellos el hoy imputado—, llegaron a una vivienda en el sector Maranatha, en Malambo.
Fue capturado por una línea telefónica intervenida que “se encendió” en un centro hospitalario. Foto:Policía nacional
Allí, de acuerdo con el relato presentado en sala, permanecieron con varias personas, incluido el ‘Tata’. A partir de ese momento, la carpeta investigativa reconstruye una secuencia que la Fiscalía considera coherente y suficiente para elevar la vara probatoria en contra del adulto.
La noche de los hechos, un menor de edad de 17 años habría disparado dos veces contra la adolescente de 14 años. Después, Taboada habría reducido físicamente a la otra víctima, a la mayor, para permitir que el menor la degollara con un arma blanca.
Tras el crimen, los cuerpos fueron enterrados en una fosa en el patio; Medicina Legal confirmó la causa de muerte y realizó la identificación. La defensora enmarcó esta dinámica en una coautoría impropia en la que hubo acuerdo previo, división funcional de tareas y aportes esenciales de cada interviniente.
El rastro del celular que llevó a la clínica y una identidad falsa
Una línea telefónica aparece en varios puntos cruciales. Primero, en los mensajes amenazantes que recibió la madre desde el 19 de febrero. Esa trazabilidad permitió solicitar la interceptación legal de los abonados asociados y, con ello, obtener datos de georreferenciación que ubicaron actividad del número en las inmediaciones de la Clínica Altos de San Vicente, en Barranquilla, días después del crimen.
Clínica Altos de San Vicente. Foto:Clínica Altos de San Vicente
Lo que vino después es uno de los hallazgos más sensibles de la audiencia: de acuerdo con la defensora, el propio Taboada ingresó a ese centro médico haciéndose pasar por su hermano menor, una maniobra que evidencia intención de ocultamiento y que fue respaldada por declaración jurada de la madre.
La Policía Judicial verificó el ingreso en admisiones, cruzó la señal del celular y conectó la presencia física del imputado con el dispositivo geolocalizado. Ese encadenamiento técnico fue presentado como corroboración convergente, no como una conjetura aislada.
“Libérelas por 40, 30, 20, 10 o 5 millones”: extorsión cuando ya estaban muertas
El otro eje determinante lo puso el Ministerio Público. El procurador delegado señaló que, entre el 20 y el 22 de febrero, se registraron comunicaciones extorsivas en las que se exigían montos variables —de 40 a 5 millones de pesos— a la madre, con la promesa de liberar a las menores.
Las menores ya estarían muertas cuando iniciaron las presiones extorsivas. Foto:Istock/redes sociales.
Para el Ministerio Público, esas llamadas, posteriores a los homicidios, muestran continuidad delictiva y robustecen dos finalidades constitucionales de la medida de aseguramiento: proteger a víctimas y comunidad y evitar la obstrucción de la justicia. En su lectura, no solo existiría riesgo de influenciar testigos o a la madre; también habría un patrón de peligrosidad vigente que amerita detención.
Aunque la imputación incluyó homicidio agravado, secuestro extorsivo y fabricación, tráfico o porte de armas, el Ministerio Público precisó que la solicitud de medida de aseguramiento se concentró en homicidio agravado y porte de armas.
Esto, en consecuencia, delimita el terreno jurídico en el que el juez debe analizar necesidad, adecuación, proporcionalidad y razonabilidad de privar de la libertad al imputado antes de la sentencia.
Para el procurador, la gravedad de las conductas, el riesgo de no comparecencia frente a penas altas, la obstrucción y la continuidad delictiva cumplen con ese umbral.
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Con esas piezas, el despacho deberá resolver el próximo 17 de marzo, día de la audiencia, si impone la detención intramural contra alias Tata que respaldan Fiscalía, Procuraduría y la representación de víctimas.
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