El reloj corre para miles de trabajadores colombianos que se encuentran en la recta final de su vida laboral y tienen la última posibilidad de cambiar de régimen pensional.
Aunque la implementación de la nueva reforma pensional (Ley 2381 de 2024) está actualmente bajo la lupa de la Corte Constitucional, una de las ventanas más determinantes para asegurar el futuro de la jubilación sigue abierta: la oportunidad de traslado entre regímenes, cuyo plazo máximo vencerá el 16 de julio de 2026.
Esta coyuntura permite que los ciudadanos decidan si su ahorro debe estar en Colpensiones o en una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP), buscando la opción que más les favorezca según su historial laboral.
Quienes realicen el trámite y obtengan la aprobación antes de la fecha límite, tendrán la garantía de que su elección será respetada, independientemente de los fallos judiciales posteriores sobre la nueva ley.
LEA TAMBIÉN
Foto:iStock
¿Quiénes pueden aprovechar esta oportunidad?
No todos los trabajadores están habilitados para realizar este movimiento en este momento. La norma establece unos requisitos claros de edad y semanas cotizadas para quienes deseen acogerse a este beneficio de traslado:
- Hombres que tengan 52 años o más y cuenten con al menos 900 semanas cotizadas.
- Mujeres que tengan 47 años o más y sumen 750 semanas cotizadas o más.
La abogada especialista en seguridad social, Andrea Ortiz, explicó al portal Asuntos Legales la vigencia de este proceso en el marco de la suspensión de la reforma.
“En este momento está suspendida la entrada en vigencia de la Ley 2381, pero ese artículo sí está funcionando hasta el 16 de julio. Hasta esa fecha está abierta esa ventana u oportunidad de traslado. Esperamos que la Corte Constitucional se pronuncie antes del 16 de julio para definir qué va a pasar con estas personas o con las que se van a trasladar de manera posterior”, indicó Ortiz.
LEA TAMBIÉN

Foto:iStock
El régimen de transición y la doble asesoría
Para aquellos que cumplen con el número de semanas (750 para mujeres y 900 para hombres), las condiciones actuales se mantienen bajo el denominado régimen de transición. Esto significa que las nuevas reglas de la reforma pensional no les serán aplicadas y podrán pensionarse con los requisitos vigentes hoy.
Un paso obligatorio y pedagógico en este camino es la doble asesoría. Este mecanismo debe solicitarse cuando el trabajador esté a 12 años de cumplir la edad de pensión (45 años para mujeres y 50 años para hombres).
El objetivo es que tanto Colpensiones como la AFP privada (Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia) brinden una proyección clara que permita al ciudadano elegir el régimen que más le convenga para su vejez.
LEA TAMBIÉN

Foto:iStock
Escenarios ante el fallo de la Corte Constitucional
El futuro de quienes no logren trasladarse antes del 16 de julio dependerá directamente de lo que decida el alto tribunal sobre la Ley 2381.
Si la reforma entra en vigencia, las personas con menos de las semanas requeridas (750 en mujeres y 900 en hombres) deberán cotizar sus primeros 2,3 salarios mínimos en Colpensiones de forma obligatoria.
Sin embargo, si la ley no llega a aplicarse, el panorama cambia drásticamente. “Las personas que se trasladaron ya gozarían de su derecho en el régimen al cual quedaron afiliados sin problema. Y en adelante no podrían trasladarse más personas. Las personas que superen los 47 años en mujeres o 52 años en hombres les tocaría tramitar una demanda ordinaria laboral”, precisó Andrea Ortiz.
Por ahora, mientras la Corte Constitucional define el rumbo de la reforma pensional en el país, la recomendación para los cotizantes es no esperar hasta el último día y buscar la asesoría necesaria para tomar una decisión informada antes de que se cierre esta ventana de cuatro meses.
*Este artículo fue desarrollado con apoyo de IA y revisado por un periodista.
















Deja una respuesta