La Procuraduría General de la Nación advirtió este jueves sobre los efectos jurídicos e institucionales que podrían presentarse si el Congreso no aprueba antes del 20 de junio de 2026 una ley que defina el régimen sancionatorio en materia aduanera.
La alerta se origina en la Sentencia C-072 de 2025 de la Corte Constitucional, que eliminó la posibilidad de que el Ejecutivo regule este asunto mediante decreto al establecer que se trata de una materia sujeta a reserva de ley.
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El fallo del alto tribunal otorgó al legislativo un plazo límite que vence el 20 de junio de 2026. A partir del día siguiente, 21 de junio, podría configurarse un escenario sin norma vigente para imponer sanciones aduaneras, lo que afectaría procedimientos de control, decomiso de mercancías y actuaciones administrativas en curso relacionadas con el contrabando.
Corte Constitucional eliminó facultad del Gobierno para regular sanciones aduaneras por decreto. Foto:Archivo EL TIEMPO / Néstor Gómez
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Riesgos para el sistema aduanero y la administración pública
La Procuraduría Delegada Segunda para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública señaló que la ausencia de regulación tendría efectos simultáneos en distintos frentes del sistema aduanero y fiscal. Entre los principales impactos identificados se encuentran los problemas en la aplicación de sanciones, las complicaciones en el decomiso de bienes, las disputas en procesos administrativos abiertos y las consecuencias sobre el recaudo estatal y el control del contrabando.
El organismo de control advirtió que estos escenarios podrían afectar la continuidad de trámites en curso y generar un vacío en la aplicación de medidas administrativas, lo que impactaría la seguridad jurídica de las actuaciones en materia aduanera.
En su pronunciamiento, la entidad incluyó la siguiente advertencia sobre los efectos operativos de la falta de regulación:
«limitaciones en la imposición de sanciones, dificultades en el decomiso de mercancías, controversias en los procesos en curso y afectaciones al recaudo y al control del contrabando».
Contrabando en Bogotá. Foto:Policía Fiscal y Aduanera
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Decisión judicial y alcance del cambio normativo
La Corte Constitucional fundamentó su decisión en el principio de reserva de ley, según el cual ciertas materias deben ser reguladas exclusivamente por el Congreso. En este caso, el tribunal consideró que el régimen sancionatorio aduanero involucra aspectos que afectan derechos y procedimientos administrativos, por lo que no puede ser definido por el Ejecutivo mediante facultades delegadas.
Como consecuencia, se retiró la habilitación que permitía al Gobierno expedir esa regulación, lo que trasladó la responsabilidad normativa al Congreso de la República. Este cambio abre la posibilidad de revisiones sobre actuaciones administrativas previas y procesos en trámite bajo el esquema anterior.
Licor de contrabando. Foto:Policía Fiscal y Aduanera
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Seguimiento institucional y advertencia preventiva
La Procuraduría informó que realiza seguimiento al trámite legislativo relacionado con la expedición de la nueva normativa y que ha promovido espacios de articulación entre entidades para evaluar los posibles escenarios derivados de una eventual falta de aprobación de la ley.
El ente de control explicó que su intervención tiene carácter preventivo y busca anticipar riesgos sin intervenir en las competencias del legislador ni del Gobierno. En su comunicación oficial señaló que su actuación:
«Se enmarca en la función preventiva, con el propósito de anticipar riesgos y proteger el interés general, sin interferir en las competencias del Congreso y del Gobierno Nacional».
La entidad reiteró que la advertencia busca dejar constancia de los riesgos identificados y del plazo existente para evitar un vacío normativo en materia sancionatoria aduanera a partir del 21 de junio de 2026.
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*Este contenido fue reescrito con la asistencia de una inteligencia artificial, basado en información de Portafolio, y contó con la revisión de un periodista y un editor.
















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