El empresario Carlos Mattos, condenado por el escándalo de corrupción conocido como caso Hyundai y protagonista de las salidas clandestinas de La Picota, fue dejado en libertad por orden de la jueza sexta de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Barranquilla, Carmen Luisa Terán Suárez.
Nacido en Codazzi el 6 de noviembre de 1947, Mattos fue durante años una de las figuras más influyentes del sector automotor en Colombia. Sin embargo, su trayectoria terminó por su condena en 2018 por hechos de corrupción relacionados con el denominado caso Hyundai. Las investigaciones establecieron que Mattos corrompió a jueces, funcionarios judiciales, investigadores y otros actores para favorecer sus intereses en medio de un litigio por la distribución de la marca en Colombia.
Carlos Mattos en su celda de la cárcel El Bosque, de Barranquilla. Foto:Suministrada
A ese expediente se sumó un episodio que generó indignación pública: en marzo de 2022, mientras permanecía recluido en la cárcel La Picota de Bogotá, Mattos logró salir del penal en vehículos del Inpec para desplazarse por la ciudad. El hecho provocó la salida del entonces director del Inpec y del director del centro penitenciario, y derivó en un nuevo proceso en su contra.
En medio de ese panorama, el empresario había solicitado en repetidas ocasiones beneficios judiciales alegando condiciones de salud y seguridad, lo que le permitió acceder a la detención domiciliaria. Con la reciente decisión judicial, Mattos podría incluso salir del país, pese a que aún tiene pendiente el proceso por las salidas irregulares de prisión.
Audiencia contra Carlos Mattos. Foto:EL TIEMPO
La determinación de concederle la libertad se conoce semanas después de que, el pasado 18 de febrero, una jueza de control de garantías negara el principio de oportunidad que buscaba cerrar el proceso por ese mismo episodio. Como parte de esa solicitud, Mattos ofreció entregar dos camionetas y una motocicleta de alto cilindraje —avaluadas en cerca de 360 millones de pesos— como “donación” al Inpec y a la Fiscalía General de la Nación. El acuerdo, sin embargo, fue rechazado.
En su decisión, la jueza señaló que la Fiscalía no logró sustentar de manera suficiente por qué el empresario debía acceder a la causal de reparación integral del daño colectivo dentro del principio de oportunidad.
Redacción Justicia
















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