Fuentes de la Fiscalía General de la Nación le confirmaron a EL TIEMPO que se emitió una boleta de «libertad condicional» a favor de Carlos Mattos, condenado por el escándalo de corrupción judicial Hyundai.
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La entidad precisó que se trató de una decisión de una juez de ejecución de penas de Barranquilla y que «no tiene incidencia ni participación de la Fiscalía». EL TIEMPO tuvo acceso al radicado oficial del Consejo Superior de la Judicatura en el que se sustenta la determinación judicial.
De acuerdo con el documento, fechado en Barranquilla este lunes 20 de abril del 2026, se expidió la boleta de libertad n.º 028 a favor del sentenciado Carlos José Mattos Barrero, condenado por los delitos de “cohecho por dar u ofrecer, en concurso homogéneo y daño informático agravado y cohecho por dar u ofrecer”.
Radicado Foto:Suministrada
En la comunicación oficial, dirigida al establecimiento penitenciario y carcelario El Bosque, se indica: “por medio de la presente se le informa que a través de auto interlocutorio n.º 152 de la fecha, este juzgado concedió libertad condicional al señor Carlos José Mattos Barrero. identificado con la cédula expedida en Medellín”.
Asimismo, el documento añade la instrucción a las autoridades penitenciarias en la que se solicita «dejarlo en libertad siempre y cuando no sea requerido por otra autoridad”. La boleta está firmada por Carmen Luisa Terán Suárez, en su calidad de jueza sexta de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla.
¿Quién es Carlos Mattos? El proceso judicial en su contra
Carlos Mattos permanece preso en Barranquilla. Foto:Inpec
La decisión judicial se produce en medio de un historial de procesos en contra del empresario, cuyo caso ha sido objeto de seguimiento por las autoridades debido a los hechos que derivaron en su condena. Mattos fue hallado responsable de sobornar a funcionarios judiciales con el objetivo de favorecer sus intereses en un litigio relacionado con la marca Hyundai en Colombia.
El expediente por el que fue condenado está ligado a maniobras irregulares dentro del sistema judicial, que incluyeron el pago de dádivas para incidir en decisiones que le permitieran mantener el control de la representación de la marca en el país. Por estos hechos, recibió una sentencia que lo llevó a permanecer recluido en un centro penitenciario.
A este proceso se sumaron otras investigaciones posteriores. En particular, se abrió un expediente por las salidas que el empresario realizó en 2022 desde la cárcel La Picota hacia sus oficinas en Bogotá. Según se conoció en su momento, Mattos salió en dos ocasiones acompañado de tres guardias del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), tras haber pasado por un centro médico para el cual sí tenía autorización.
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Ese episodio derivó en nuevas actuaciones judiciales que continuaban en curso hasta febrero de 2026. En esa fecha, una jueza de control de garantías de Bogotá negó el principio de oportunidad con el que buscaba pactar con la Fiscalía y entregar dos camionetas a cambio de suspender una acción penal en su contra.
Durante esa audiencia, la funcionaria judicial cuestionó los argumentos presentados por el ente acusador. “Estima este juzgado que la afectación que se pudo presentar en este punto efectivamente tiene que ver con bienes colectivos. sin embargo, la causal lleva un requerimiento de que haya una afectación mínima a esos bienes colectivos, y respecto a ese punto no escuchamos de la fiscal algo”, dijo la jueza.
Jueza negó polémico principio de oportunidad para Carlos Mattos por salidas desde La Picota. Foto:Archivo Particular.
El principio de oportunidad que se buscaba aplicar contemplaba una negociación en la que el empresario ofrecía bienes como forma de reparación. Según lo expuesto en su momento, Mattos planteó la entrega de dos camionetas y una motocicleta de alto cilindraje como “donación” al Inpec y a la Fiscalía General de la Nación, cuyo valor ascendía a cerca de 360 millones de pesos.
Ese acuerdo estaba condicionado a la aprobación judicial, requisito que finalmente no se cumplió tras la decisión de la jueza que rechazó la solicitud. Con esa negativa, el proceso por las salidas de 2022 continuó su curso en la jurisdicción ordinaria.
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Hay que destacar que el documento conocido por EL TIEMPO no hace referencia a otros procesos en curso ni a eventuales requerimientos adicionales por parte de autoridades judiciales. De igual forma, establece de manera explícita que la salida del establecimiento carcelario procede únicamente si el sentenciado “no sea requerido por otra autoridad”.
LAURA NATHALIA QUINTERO.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS.
















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