En el trámite de una demanda en su contra ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el presidente Gustavo Petro radicó sus argumentos de defensa contra la imposición de una medida cautelar que le prohíba hablar de fraude electoral.
El abogado Alejandro Carranza sostiene que las declaraciones de Petro no solo están protegidas por la Constitución, sino que no causaron ningún daño al proceso electoral. Por el contrario, advierte que la imposición de una medida cautelar sería una forma de censura previa.
En el documento se afirma que el análisis de las 129 publicaciones —entre diciembre de 2025 y marzo de 2026— están en el marco de la legalidad. Y desmiente el supuesto daño a la legitimidad del proceso electoral. “La Ley 472 de 1998 exige daño consumado o en vía de consumación como condición de procedibilidad. El daño no existe”, dice el escrito.
Ramiro Bejarano, director del departamento de derecho procesal de la Universidad Externado. Foto:Universidad Externado
Por el contrario, asegura que las declaraciones del Presidente «incentivaron la transparencia (…) la participación del 8 de marzo de 2026 fue del 51% (récord en 30 años), los votos nulos cayeron, los 16 candidatos reconocieron los resultados y hubo certificación de misiones internacionales».
Sobre la medida cautelar, la defensa insiste en que se trataría de una censura previa y que las publicaciones en X y los cuestionamientos públicos no fueron discrecionales, sino parte del «deber constitucional» del Presidente para advertir cualquier tipo de irregularidad.
La Procuraduría apoyó la medida cautelar
En contraposición, la Procuraduría apoyó la imposición de una medida cautelar y respaldó los argumentos del demandante, el abogado constitucionalista Ramiro Bejarano, quien pidió a la justicia imponer límites al discurso del Presidente, al considerar que avivaba la tesis de un supuesto fraude y golpeaba la confianza de la ciudadanía.
El viceprocurador Julián Fernández sostuvo en la audiencia del pasado viernes 13 de marzo que el primer mandatario “confunde el título de representante de la unidad nacional con el de un actor político”.
Fachada Tribunal Superior de Cundinamarca. Foto:Archico EL TIEMPO
Por su parte, Alejandra Barrios, directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), explicó que el preconteo del 8 de marzo tuvo un carácter informativo para la ciudadanía, ya que aún falta el escrutinio, y advirtió que en la reciente jornada hubo 18 mensajes en redes que ponían en duda el proceso de preconteo y el escrutinio.
“Hicimos una revisión y encontramos que podíamos contrastar 10 mensajes, y los otros ocho mensajes sobre los que se generan dudas no había forma de contrastar porque eran fotos parciales que no señalaban a qué tipo de puesto de mesa o lugar”, resaltó Barrios.
Sara Valentina Quevedo Delgado – Redacción Justicia
















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