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La Sala Plena de la Corte Constitucional derogó el decreto. Aún está vigente la emergencia y los impuestos decretados por el ‘frente frío’.
Emergencia económica en la Corte Constitucional Foto: Archivo
Sin sorpresas. En sintonía con la suspensión provisional de la emergencia económica decretada por el presidente Gustavo Petro en diciembre pasado, la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó definitivamente este estado de excepción.
Es la primera vez, en este Gobierno, que se deroga en su totalidad un decreto de este tipo, luego de que en las pasadas emergencias y conmoción interior la Corte avalara parcialmente algunas de las medidas.
Los argumentos por los que se derogó esta vez, son similares por los que el alto tribunal, de forma inédita, decidió aplicar una medida cautelar y suspender los efectos: los argumentos que motivaron la declaratoria de emergencia no responden a hechos sobrevivientes como lo ordena la Constitución.
La emergencia fue proferida, en plena vacancia judicial, para tapar el hueco fiscal que se agudizó, según el Gobierno, por el hundimiento de la reforma tributaria en el Congreso.
Por esta razón, se buscaba conseguir 11 de los 16 billones de pesos que contemplaba esta reforma vía recaudo, con un paquete de impuestos ordenado bajo el estado de excepción.
Para la Corte, la decisión legítima del Congreso, que bajo su discrecionalidad decidió no avalar la reforma, no puede considerarse un hecho sobreviniente que motive una declaratoria de emergencia.
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