Una reciente denuncia sobre la presunta retención de un vehículo en un parqueadero de Bogotá debido a un recibo en mal estado volvió a poner sobre la mesa el debate acerca de si existen fundamentos legales que respalden este tipo de actuaciones.
Ante ello, EL TIEMPO habló con Miguel Ángel Pérez Palacios, especializado en derecho procesal, quien explicó que es una práctica que tiene lineamientos y límites que están amparados bajo lo establecido por un contrato de depósito, función real de una factura de parqueadero.
El servicio de parqueadero se enmarca en un contrato de depósito. Foto:iStock
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Las obligaciones de los parqueaderos al brindar sus servicios
El abogado consultado explicó que la ley colombiana no establece que los parqueaderos exijan la demostración de la propiedad del vehículo para retirarlo, sino cumplir con el pago del servicio prestado para poder retirar su carro o motocicleta.
«Los administradores de parqueaderos suelen asumir el recibo de ingreso como prueba de propiedad del vehículo, imponiendo así un requisito adicional a los usuarios que no está contemplado en la normativa legal vigente», aseguró Miguel Ángel Pérez Palacios.
Según indicó, el servicio de parqueadero se enmarca en un contrato de depósito, en el cual el establecimiento se compromete a custodiar el vehículo mientras el usuario paga por el tiempo de permanencia. En ese sentido, el parqueadero puede retener el automotor únicamente hasta que se cancele el servicio.
La factura en los parqueaderos tiene única función de demostrar una relación comercial. Foto:iStock
La razón legal por la que podrían retenerle temporalmente su vehículo
«Cuando se contrata el servicio de un parqueadero, se establece un contrato de depósito. La ley dice que la persona que se queda cuidando el bien puede retenerlo mientras no se le demuestre que ya se le pagó su servicio«, agregó el abogado.
El Código de Comercio en el artículo 1177 dicta: «El depositario podrá retener la cosa depositada para garantizar el pago de las sumas líquidas que le deba el depositante, relacionadas directamente con el depósito».
Asimismo, el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), indica que el parqueadero es una «prestación de servicios que supone la entrega de un bien».
Le deben dejar sacar su carro del parqueadero desde que usted pague el servicio. Foto:iStock
El abogado explicó que el recibo funciona como soporte para calcular el valor adeudado y demostrar que el servicio fue contratado, pero no como prueba de propiedad del vehículo. Por ello, considera que exigir documentos para acreditar quién es el dueño del carro sería una extralimitación por parte del establecimiento.
En pocas palabras, un parqueadero puede, legalmente, retenerle su carro o motocicleta siempre y cuando usted no pague el servicio; si se pierde el recibo, podrían mantener bajo custodia la propiedad hasta que el pago se haga efectivo. Sin embargo, con las nuevas tecnologías es poco probable que el pago no se pueda realizar.
En palabras del abogado Miguel Pérez Palacios: «Incluso cuando se pierde el tiquete, los sistemas actuales permiten verificar datos como la placa, hora de ingreso y registro del vehículo, por lo que el pago y la salida de su vehículo pueden efectuarse sin mayores inconvenientes».
Para el experto, esto también pone bajo lupa otro problema que radica en que el recibo se ha constituido como el comprobante de propiedad.
Sin embargo, explicó que deberían existir mecanismos alternativos para verificar que el automotor sea entregado a la persona que lo ingresó al parqueadero.
«No hablamos de comprobar que sea el dueño, pues puede pasar que otra persona, como un familiar, maneje un carro que no le pertenece», dijo el especialista.
Vanessa Pérez Castellanos.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS.
















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