La Ley de Amnistía fue aprobada en Venezuela, pero su impacto inicial es, hasta ahora, limitado. Según organizaciones de derechos humanos, desde su entrada en vigencia apenas permitió la liberación de poco más de 100 personas, una cifra que contrasta con los más de 600 presos políticos que siguen tras las rejas. La preocupación central es que, lejos de cerrar un ciclo, este documento dejaría la puerta abierta para que continúe la persecución.
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Así lo expresó Delsa Solórzano, defensora de derechos humanos, exdiputada y presidenta del partido Encuentro Ciudadano, quien tras pasar casi dos años en la clandestinidad, reapareció en la escena pública para retomar su agenda de denuncias y cuestionar el alcance real de la nueva legislación.
Solórzano conoce de cerca muchos de los casos denunciados como persecución política. De hecho, ella misma impulsó parte de las acusaciones ante la Corte Penal Internacional contra Nicolás Maduro –actualmente preso en una cárcel de Nueva York–. Por ello considera insuficiente la nueva ley, sobre todo porque no se derogan otros instrumentos legales que sirvieron para perseguir a la disidencia.
Ella se refiere a la Ley contra el Odio y la Ley Simón Bolívar, dos normas que llevaron a prisión a miles de personas.
Para Solórzano, esta nueva ley no abarca a todos los venezolanos que estuvieron presos, ni a quienes no lo están, pero permanecen en el exilio, están inhabilitados políticamente o continúan en la clandestinidad (como María Corina Machado). Tampoco se contempla el reintegro de propiedades expropiadas.
Delsa Solórzano, presidenta del partido Encuentro Ciudadano Foto: EFE/MIGUEL GUTIÉRREZ
“Es un documento con un listado categórico y excluyente de cuáles son los hechos que merecen amnistía. Si se supone que debe abarcar desde el año 1999 hasta el año 2026, son demasiados años de persecución, y esos años no están verdaderamente cubiertos por la ley”, sentenció la dirigente, acompañada de otros opositores que también salieron recientemente de la clandestinidad.
La norma solo reconoce 13 hechos políticos específicos que pueden recibir el beneficio, pero si se revisa el período completo que debería abarcar la ley (casi 28 años), más de 14 años quedan totalmente excluidos porque no están dentro de esos eventos reconocidos.
En esta ley también están excluidos militares presos y civiles procesados por la justicia militar. “Por ejemplo, si usted sufrió persecución política por publicar un estado de WhatsApp, ¿no está amparado por esta ley?”, cuestionó la exdiputada.
Precisamente, los familiares de los militares detenidos mantienen su exigencia de que se libere a los uniformados. Existen causas, como la denominada “Operación Gedeón” –un intento de derrocamiento contra Maduro–, que no fueron tomadas en cuenta.
Entre los casos está el del hijo de Maciel Caicedo. “Yo no di a mi hijo para que me lo torturaran”, narró la mujer durante una rueda de prensa realizada este lunes en Caracas, al recordar el momento en que su hijo ingresó a la Academia Militar.
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Caicedo lamentó haber “servido por más de 20 años” al Estado y que ahora las instituciones le paguen de esa manera. Insistió en la aplicación de la amnistía para los militares.
Este martes, Jorge Arreaza, diputado chavista y presidente de la comisión parlamentaria para el cumplimiento de la Ley de Amnistía, afirmó en un programa de radio local que, en relación con los casos de militares, “la justicia militar está trabajando y anunciará sus medidas”.
Según la ONG Foro Penal, en Venezuela hay unos 185 militares detenidos entre los más de 600 presos políticos.
Arreaza también señaló que ya se realizaron 177 excarcelaciones, se emitieron 800 boletas de libertad adicionales y otorgaron 2.735 medidas cautelares tras la aprobación de la ley.
Sin embargo, Foro Penal solo ha confirmado 109 excarcelaciones.
Liberación de presos políticos la noche del lunes en Caracas. Foto: EFE/MIGUEL GUTIÉRREZ
Por qué las organizaciones denuncian que la ley es excluyente
El texto, aprobado el 19 de febrero por la Asamblea Nacional y promulgado esa misma noche por la presidenta encargada, Delcy Rodríguez, ha sido analizado por diversas organizaciones de derechos humanos.
Una de ellas es Acceso a la Justicia, que enumeró cuatro razones para calificar el instrumento legal como insuficiente.
1. Excluyente y selectiva
Respecto a los sucesos ocurridos entre enero y abril de 2019, los legisladores agregaron una excepción: “salvo los constitutivos del delito de rebelión militar”. El objetivo es excluir a civiles y militares implicados en hechos como la llamada Operación Gedeón, así como en insurrecciones y presuntos alzamientos militares registrados el 21 de enero y el 30 de abril de ese año.
2. Discrecional
Las excepciones previstas en el artículo 9 van más allá de las limitaciones que establece la Constitución para este tipo de medidas. El artículo 29 del texto constitucional señala que “las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesa humanidad (…) quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía”.
No obstante, el texto legal agregó en su artículo 9 otros delitos exceptuados de amnistía, como el homicidio intencional y las lesiones gravísimas, el tráfico de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y los delitos previstos en la Ley contra la Corrupción.
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3. Un proceso repleto de dudas
La Asamblea Nacional profundizó en el procedimiento judicial para aplicar la ley. En el artículo 11 se permite que los apoderados de los aspirantes a la amnistía presenten solicitudes ante los tribunales, fijando a los jueces un plazo de 15 días continuos para decidir. Sin embargo, se dejaron importantes lagunas.
Por ejemplo, en los casos que se encuentran en fase preliminar o de juicio –la inmensa mayoría–, la norma solo permite a los fiscales, al imputado y a su abogado iniciar el procedimiento. Esto resulta limitativo frente a lo establecido en el artículo 124 del Código Orgánico Procesal Penal, que autoriza a las organizaciones de derechos humanos e incluso a la Defensoría del Pueblo a actuar en los procesos penales.
4. Temas ignorados
“Favorecer la reintegración a la actividad pública de las personas beneficiadas por esta ley” es una de las cuatro finalidades de la Ley de Amnistía para la Convivencia Democrática, según su artículo 2. Sin embargo, la exclusión de las inhabilitaciones impuestas por la Contraloría General de la República pone en duda esta afirmación.
Las inhabilitaciones no fueron el único tema omitido. El instrumento tampoco establece mecanismos de reparación para las víctimas de la represión. Así, quienes no solo fueron injustamente encarcelados, sino que además perdieron sus bienes, parecen no tener posibilidades de recuperarlos.
El texto tampoco contempla mecanismos para que el Estado reconozca su responsabilidad en la comisión de delitos, ni medidas para evitar su repetición en el futuro.
Delcy Rodríguez, líder encargada del Venezuela. Foto: AFP
¿Qué promete la Ley de Amnistía?
Según lo establecido en sus artículos, la ley busca:
- La reconciliación nacional, la paz social y la reinserción de los perseguidos políticos en la vida pública.
- Abarcar hechos ocurridos entre el 1 de enero de 1999 y la entrada en vigencia de la ley, en febrero de 2026.
La ley reconoce específicamente 13 hitos de conflicto político para aplicar el beneficio, entre ellos:
- Las manifestaciones de 2017.
- Los eventos de enero a abril de 2019 (excepto rebeliones militares).
- Las primarias de 2023.
- Las protestas en el contexto de las elecciones presidenciales del 28 de julio de 2024 y las regionales de 2025.
- Hechos históricos como el golpe de Estado de 2002 y el paro petrolero.
Las exclusiones que encienden la polémica
Este es el punto más polémico, ya que expertos y ONG como Foro Penal señalan que entre 400 y 600 presos permanecen excluidos:
- Crímenes de lesa humanidad: según el artículo 29 de la Constitución, no hay amnistía para violaciones graves de derechos humanos ni crímenes de guerra.
- Rebeliones militares: quedan fuera casos como el asalto al Fuerte Paramacay (2017), el atentado con drones (2018) y la Operación Gedeón.
ANA MARÍA RODRÍGUEZ BRAZÓN – CORRESPONSAL EL TIEMPO – CARACAS
















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