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Las AFP deberán trasladar el 50 por ciento de los fondos en un máximo de 20 días y el restante 50 por ciento en los 10 días siguientes.
Así funciona el subsidio de la Alcaldía de Bogotá. Foto: iStock
El Gobierno nacional expidió el Decreto 0415 de 2026, mediante el cual reglamenta el traslado de recursos desde los fondos privados de pensiones hacia Colpensiones para los afiliados que decidieron cambiarse de régimen bajo la oportunidad establecida en la Ley 2381 de 2024.
La norma establece que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deberán transferir la totalidad de los ahorros individuales —incluyendo rendimientos financieros— de los afiliados que se trasladaron al Régimen de Prima Media.
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El decreto fija tiempos concretos para el giro de los recursos. En el caso de afiliados que aún no se han pensionado, las AFP deberán trasladar el 50 por ciento de los fondos en un máximo de 20 días y el restante 50 por ciento en los 10 días siguientes.
Para quienes ya consolidaron su derecho pensional, el traslado deberá hacerse en un plazo máximo de 15 días desde la entrada en vigencia de la norma.
Según el Gobierno, la medida busca corregir un “descalce financiero” en el sistema, ya que hoy Colpensiones está pagando pensiones de afiliados cuyos recursos siguen administrados por fondos privados.
El decreto señala que esta situación afecta el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, al generar obligaciones sin el respaldo inmediato de los recursos correspondientes.
De acuerdo con cifras oficiales citadas en el documento, más de 119.000 afiliados han ejercido el traslado de régimen, y al menos 22.472 ya reciben su pensión a través de Colpensiones.
La reglamentación se da en medio de la incertidumbre sobre la Ley 2381 de 2024, actualmente suspendida parcialmente por la Corte Constitucional, aunque se mantiene vigente el artículo que permitió los traslados de régimen.
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